Del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada:
CONDICIONES GENERALES
REAL DECRETO 1294/2007, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.
Artículo 1. Requisitos de colegiación.
1. Para la incorporación a un Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria se requiere acreditar, como condiciones generales de aptitud, las siguientes:
a) Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
b) Estar en posesión del título de graduado, licenciado, diplomado, ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico o arquitecto técnico, o del título oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio competente.
c) No tener antecedentes penales que le inhabiliten para el ejercicio profesional.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA HACER EL INGRESO
ORDEN DE DOMICILIACION BANCARIA
ADMINISTRATIVA
ECONÓMICA
NOTA: De esta documentación, al Consejo General sólo tiene que enviar una solicitud modelo oficial, 1 fotografía y justificante de pago de la cuota de alta. El resto de documentos quedará en poder del Colegio.