Quienes Somos - Colegio API Granada

¿Sobre nuestro colegio API?

El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada, es una Corporación de Derecho Público, dotada de plena personalidad y con capacidad para ser titular de toda clase de Derechos y Obligaciones.

Como Corporación de Derecho Público que es, participa de alguna manera de las características de la Administración Pública ejerciendo funciones que, por delegación, le son atribuidas legalmente.

No es solo una entidad corporativa. Es decir, no es solo una institución que se establezca únicamente en defensa de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, API. Por el contrario, también tiene asignadas importantes funciones en orden a la defensa de los usuarios y consumidores.

Junta de Gobierno de nuestro Colegio API

De conformidad con la Orden de 26 de Febrero de 2014, por la que se aprueban los estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía, publicada en el Boja Nº43 de 5 de Marzo de 2014.
Orden de 12 de noviembre de 2022, por la que que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Granada y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

Según el Artículo 24. Órgano de Dirección: Composición de la Junta de Gobierno.

1. La Junta de Gobierno es el órgano democráticamente elegido para llevar a cabo la dirección ejecutiva y la representación del Colegio, y estará constituida por un Presidente, un Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero, y un Vocal por cada cincuenta colegiados o fracción con un máximo de diez miembros de la Junta y dos suplentes.

La designación de sus miembros se efectúa por la Asamblea General mediante sufragio universal, libre, directo y secreto. El voto se ejercerá personalmente o por correo de acuerdo con las normas que para garantizar su autenticidad se establecen en los presentes Estatutos.

Según el Artículo 35. Periodicidad de las elecciones.

1. Los cargos de la Junta de Gobierno se elegirán cada cuatro años mediante elección que deberá celebrarse obligatoriamente dentro del último trimestre del año en que corresponda su elección. La actual Junta de Gobierno fue elegida en noviembre de 2022.

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